Existen varias Leyes y Normativas específicas que establecen los requisitos y parámetros para la obtención de la Ciudadanía Italiana, y otros procedimientos relacionados a ella.
La legislación sobre la Ciudadanía Italiana es bastante amplia, demarcando diversos requisitos y limitaciones; por lo que deberemos corroborar que nuestro caso particular se ajuste a ellos para poder realizar el trámite de Ciudadanía.
Tener presente que las leyes italianas tienen vigencia desde el momento en que son emanadas, sin retroactividad, hasta el momento en que se emana otra ley al respecto.
– Código Civil 25 Junio 1865:
Es el que establece los parametros para la obtención de la Ciudadanía anterior a la ley de 1912. Determina que el hijo de un ciudadano italiano, es ciudadano italiano por nacimiento.
– Ley nº 555, 13 Junio 1912:
1era Ley de Ciudadanía Italiana
Es la 1era Ley sobre Ciudadanía Italiana. Se establecen otros tipos de obtención de la ciudadanía, amplía los conceptos del Codigo Civil anterior, y cómo se pierde o recupera la ciudadanía.
– Ley nº 91, 05 Febrero 1992:
Nueva Ley de Ciudadanía Italiana
Es la 2da Ley sobre Ciudadanía Italiana. Amplia conceptos de la ley anterior. Cambia términos para las ciudadanías por naturalización. Establece la NO pérdida de ciudadanía italiana a causa de una Naturalización Extranjera.
– Decreto Presidencial nº 572, 12 Octubre 1993:
Aclaraciónes de aplicación de la Ley de Ciudadanía.
Aclara varios puntos sobre la última ley de Ciudadanía del año 1992, su aplicación, requisitos, renuncia, notificaciones y juramento, entre otros.
– Circular nº 9, 04 Julio 2001:
Nueva linea de aplicación e interpretación de la Ley de Ciudadanía 555/1912
Aclara varios puntos e interpretaciones sobre la 1ra Ley de Ciudadanía 555/1912: filiación con mayoría de edad, ciudadanía respecto al matrimonio, perdida de ciudadanía, etc.
– Circular nº28, 23 Diciembre 2002:
Inscripción de Residencia para Descendientes
Indica que el ciudadano extranjero, descendiente de un ciudadano italiano, puede solicitar la Inscripción de Residencia en el Comune, solamente con un permiso de soggiorno turístico.
– Ley nº 124, 08 Marzo 2006:
De los descendientes de Istria, Fiume y Dalmacia
Es una enmienda a la ley de Ciudadanía de 1992, para el reconocimiento de la Ciudadanía Italiana a los provenientes de las regiones de Istria, Fiume y Dalmacia; territorios sedidos a la Yugoslavia a raíz del tratado de París del 10/02/1947.
– Ley nº 68, 28 Mayo 2007:
Supresión de Permisos de breve estadía
Elimina el trámite de Permiso de Soggiorno por breve estadía (visita, turismo, estudio) de máximo 90 días, y lo remplaza por la Declaración de Presencia. Así mismo, la utilidad de dicha Declaración para la Inscripción de residencia (según Circular n32 del 2007, y Circular n28 del 2002).
– Circular nº32, 11 Junio 2007:
Declaración de Presencia
Hace referencia a la ley 68 del mismo año, indicando la supresión del Permiso de Soggiorno breve, y la emisión de la Declaración de Presencia; y dejando claro la posibilidad de Inscripción de Residencia en el Comune con dicha Declaración.
– Circular nº52, 28 Septiembre 2007:
Inscripción de Residencia con Permiso Breve
También hace referencia a la ley 68 del mismo año, indicando que tanto la Declaración de Presencia como el Sello de Ingreso son suficientes para la Inscripción de Residencia en el Comune.
– Circular nº k 28.1, 08 Abril 1991:
Procedimientos para la Ciudadanía Iure Sanguinis
Aclara todos los conceptos referidos exclusivamente a la Ciudadanía Iure Sanguinis (por descendencia): Documentación Necesaria, cómo se evalua, donde se debe aplicar, etc.
– Ley nº 241, 07 Agosto 1990:
Normas sobre Procedimientos Administrativos
Indica y establece los parámetros de los Procesos Administrativos de la Administración Pública en general: organización de oficinas, responsabilidades en los procesos, derechos del ciudadano para con la administración, comunicaciones entre partes, etc.
– Decreto Presidencial nº 445, 28 Diciembre 2000 – art. 41 :
Disposición sobre Documentación Administrativa
Establece que los documentos emitidos por la aministración pública, que certifiquen: “estados, calidades personales y hechos no sujetos a modificación”, tienen validez ilimitada. (Es decir, que los Documentos de Registro Civil – como por ejemplo para el reconocimiento de Ciudadanía – No Tienen Vencimiento)
– Circular nº 77, 07 Julio 2022:
Validez de Actas digitales y Apostilla digital de la República Argentina.
Indica la validez de la emisión de Actas de Registro Civil de Argentina en formato digital, con firma digital y archivo adicional GEDO. También aclara la emisión de la apostilla digital y formas de verificación online.
– Circular nº prot. 43347, 03 Octubre 2024:
Nueva linea de aplicación e interpretación de la Ley de Ciudadanía 555/1912 en cuanto a la Naturalización del AVO italiano.
Se establece una nueva interpretación particularmente de los Art. 7 y Art. 12 de dicha ley, en cuanto a la perdida de ciudadanía italiana a raiz de la Naturalización Extranjera, que afecta a los hijos menores (aunque hayan nacido previamente a dicha naturalización).