Errores y Rectificaciones

La documentación a presentar tiene como objetivo demostrar la línea de descendencia. Por lo que si existen errores en nombres, fechas o lugares, podría derivarse en la hipotesis de que se trate de “otra persona”.

Consideramos que es sumamente importante hacer un analisis profundo de todos los documentos que componen nuestro legajo. En algunos casos, deberemos realizar una rectificación (administrativa o judicial) para corregir dicho error o diferencia.

Tipos de Errores o Diferencias:
  1. Diferencias de Nombres por traducción
  2. Errores u Omisiones de Nombres
  3. Errores de Fechas, Edades o Lugares.
  4. Errores de Apellidos

1- Diferencias de Nombres por traducción

Es muy común que nuestros ancestros, al emigrar a sudamerica, hayan sufrido una transformación en su nombre debido a la “castellanización” del mismo.
Ejemplos:

  • Giovanni / Juan
  • Giuseppe / José
  • Margherita / Margarita
  • Vittoria / Victoria

Estas diferencias no se consideran errores, por lo que NO deben Rectificarse!


2- Errores u Omisiones de Nombres

Existen casos en que algunos documentos presentan errores o diferencias en los nombres de modo considerable, y que complicarían la identificación de dicha persona.
Ejemplos:

  • Giuseppe / Jorge [el correcto sería José]
  • Giovanni Battista / Bautista [el correcto sería Juan Bautista]
  • Angelo / José Angel [el correcto sería Angel]

En la mayoria de los casos, estos errores deben Rectificarse.


3- Errores de Fechas, Edades o Lugares

Al evaluar los documentos, además de los nombres de las distintas personas de la descendencia; tendremos que verificar que las edades, fechas de nacimiento y lugares coincidan entre ellos.
En el criterio italiano, al igual que los nombres, estos datos son también fundamentales para identificar una persona.
Ejemplos:

  • Nacido en Enero 1890 / figura en otra acta nacido en Mayo 1890 [mes erroneo]
  • Nacido en 1890 / figura en otra acta del 1910 con 22 años. [siendo correcto 20 años]
  • Nacido en Legnano / figura en otra acta nacido en Milan. [siendo Milan la provincia]

Tener presente que una diferencia en la edad, indicaría que la persona de ese acta, podría haber nacido antes (o después) de la fecha indicada en el nacimiento de nuestro ancestro.
Así mismo, un error en el lugar específico de nacimiento, podría generar confusiones. Es muy común que las provincias tengan una ciudad homonima; por lo que si un acta no indica expresamente “provincia de” y solo dice “nacido en Milan”, se entenderia que nació en dicha ciudad, y esto no es correcto si realmente nació en otra ciudad/comune.

En la mayoria de los casos, estos errores deben Rectificarse.


4- Errores de Apellidos

Los errores en apellidos son los más importantes y, en consideración, los más complicados a la hora de rectificar.
Ejemplos:

  • Ferrari / Ferraro [cambio de una letra i por o]
  • Marcatelli / Marcateli [omisión de una letra l]
  • Di Pietro / Dipietro [unión de un apellido compuesto]
  • Cerimelli / Cherimele [error por pronunciación y errores varios]

Todos estos errores deben Rectificarse! o justificarse de alguna forma válida.


Cuándo y Cómo Rectificar partidas?

Si los errores son considerables, se recomienda siempre rectificar antes de presentar el legajo (o primordialmente si pensamos viajar a tramitar en Italia). Recuerden que cualquier error mencionado precedentemente, podría hacer dudar de la identidad de la persona.

Solo en casos donde el error de apellido se traslada a descendencia viva, no debemos rectificar, sino realizar una Información Sumaria de identidad de Persona! Para ampliar, ver: Información Sumaria Judicial.

Hay dos formas de rectificar actas:

a- Rectificación Administrativa (por Registro Civil)
b- Rectificación Judicial (en Juzgado Civil por Sentencia)

En la mayoria de los casos indicados anteriormente, se podrá realizar la Rectificacion de Errores de forma Administrativa. Esto significa que deberemos dirigirnos al Registro Civil que emitió dicha partida y solicitar la rectificación. Este es el metodo más sencillo, aunque no en todos los casos podremos proceder así.

Si se trata de un documento eclesiastico; bautismo o matrimonio, la rectificación se solicita a la parroquia, quien procederá a rectificar previa autorización del arzobispado.

Generalmente cuando se trate de errores de Apellidos, el registro civil puede no considerarse competente, por lo que en ese caso deberemos realizar la rectificación Via Judicial. Esto se realiza mediante abogado, que presentará una demanda de rectificación al juzgado civil correspondiente. Luego que el juzgado expida sentencia, el registro civil procederá a anotar la rectificación judicial.

Siempre que se desee rectificar un acta, es necesario presentar documentación probatoria que indique los datos correctos que se requieren rectificar.


Costos de Rectificación:

Por línea general, las rectificaciones Administrativas (ante Registro Civil), suelen ser GRATUITAS, ya que en su mayoría se trata de errores cometidos propiamente por dicho organismo al momento de inscribir las actas.

No obstante, en algunas localidades, tienen un canon en concepto de “gastos administrativos”; o por rectificaciones de indole “voluntaria” (ej, cambio de nombre).

A continuación les dejo los costos de forma indicativa, según los sitios oficiales de algunos Registros que si indican dicho valor. Es importante corroborar con el registro local donde debamos rectificar un acta, sobre el costo (si corresponde) actualizado; pero teniendo presente la premisa anterior.

En CABA:

– Gratuito para Errores u Omisiones atribuibles al propio Registro Civil.
– $ 560 Rectificación de Errores u Omisiones no atribuibles al Registro.
– $ 930 Rectificación de Carácter Urgente (costo adicional a los valores anteriores)

En Provincia de Buenos Aires:

– $ 140

En Provincia de Santa Fe:

– $ 175


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